Diferencias, funciones y valor probatorio
Los Peritos Calígrafos son profesionales cualificados técnicamente para analizar documentos manuscritos, determinar su autoría y verificar su autenticidad. Su labor consiste en esclarecer si una firma o texto pertenece realmente a la persona que se atribuye como autora y comprobar que el documento original no haya sufrido manipulación, alteración o falsificación.
La prueba pericial caligráfica constituye un medio probatorio de gran relevancia dentro del ámbito judicial, regulado en los artículos 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo un elemento fundamental para la resolución de controversias relacionadas con documentos manuscritos.
Dentro de la figura del perito existen diferentes formas de intervención procesal que, en muchas ocasiones, generan dudas o confusión. Principalmente encontramos dos modalidades de actuación:
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Perito de parte
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Perito judicial
Qué es un Perito
El Perito es el profesional experto en una materia concreta que aporta conocimientos científicos, técnicos o prácticos con el fin de ayudar al juzgador a comprender aspectos que requieren especialización.
Su función consiste en emitir un informe objetivo, fundamentado y basado en su conocimiento profesional, aportando claridad sobre hechos o circunstancias controvertidas dentro de un procedimiento judicial.
Tipos de peritos: judicial y de parte en pericia caligráfica
La intervención del perito resulta esencial cuando el órgano judicial necesita apoyo técnico para resolver un litigio. En este contexto, la figura del perito adquiere una gran relevancia como auxiliar de la Administración de Justicia.
Dependiendo de cómo se produzca su designación, encontramos diferentes tipos de intervención pericial.

El Perito de Parte
El Perito de Parte interviene cuando una de las partes implicadas en un procedimiento judicial solicita de forma privada la realización de una prueba pericial.
En estos casos, el perito calígrafo es contratado para:
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Asesorar técnicamente a la parte interesada
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Analizar la viabilidad pericial del caso
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Elaborar un informe con finalidad probatoria
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Defender el informe ante sede judicial si fuera necesario
El encargo profesional, honorarios y condiciones del trabajo se establecen mediante acuerdo entre el perito y el cliente.
El Perito Judicial
Cuando una o ambas partes solicitan al juez la intervención de un experto independiente para resolver una controversia técnica, hablamos de la figura del Perito Judicial.
Existen dos formas de designación judicial:
Designación judicial a instancia de parte
Se produce cuando las partes solicitan al juzgado la intervención de un perito imparcial que analice el objeto del litigio.
Designación judicial de oficio
Puede ocurrir cuando el órgano judicial considera necesario un informe adicional para aclarar contradicciones entre informes aportados por las partes o cuando resulta imprescindible contar con una valoración técnica independiente. Esta posibilidad está contemplada en el artículo 435 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite al órgano judicial solicitar la intervención de un perito cuando lo considere necesario para esclarecer los hechos antes de dictar resolución.
En determinados supuestos, el perito judicial puede realizar contra-periciales, consistentes en análisis técnicos complejos sobre informes previamente elaborados, evaluando posibles errores metodológicos o discrepancias técnicas.
Requisitos del Perito Judicial
El perito designado judicialmente debe cumplir determinados requisitos profesionales, entre los que destacan:
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Acreditar formación y capacitación técnica en la materia objeto de pericia
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Formar parte, en su caso, de colegios profesionales o asociaciones que faciliten listados de peritos al órgano judicial
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No encontrarse en situación de incompatibilidad o prohibición legal para ejercer la actividad pericial
La aceptación como perito judicial dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos por la entidad profesional correspondiente.
El Testigo-Perito
Existe una tercera figura menos habitual, recogida en el artículo 370 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: el Testigo-Perito.
Se trata del profesional que, además de aportar conocimientos técnicos especializados, ha sido testigo directo del hecho objeto del procedimiento. En este caso, su intervención combina el valor de prueba testifical con el conocimiento experto.
Valor probatorio del informe pericial
El informe pericial constituye un medio de prueba dentro del proceso judicial y debe estar correctamente fundamentado en el análisis técnico del documento y del grafismo contenido en él.
Tanto el informe emitido por un perito de parte como el elaborado por un perito judicial pueden tener valor probatorio ante el juzgado. No obstante, su valoración final dependerá del criterio judicial, la solidez metodológica del estudio realizado y la coherencia técnica de las conclusiones.
Conclusión
La actuación del perito debe regirse siempre por principios de objetividad, imparcialidad y rigor técnico, independientemente de quién solicite su intervención.
La diferencia entre el perito de parte y el perito judicial radica principalmente en su forma de designación, mientras que la validez de sus informes dependerá de la calidad profesional, la metodología empleada y la fundamentación técnica del análisis realizado.
El estudio pericial caligráfico constituye una herramienta esencial para la investigación documental, permitiendo esclarecer la autenticidad de firmas y manuscritos mediante procedimientos técnicos y científicos.
La intervención del perito resulta esencial en procedimientos donde se cuestiona la autenticidad documental. Si necesitas asesoramiento o estudio pericial, puedes consultar el servicio de análisis caligráfico.
PERITO CALÍGRAFO JUDICIAL

Cuando la Perito saca lupa, la de trazos que encuentra… (Calígrafo Judicial)
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